Oficina de Liquidaciones y Pagos diversos
El IPN otorgará a las trabajadoras del personal no docente, cuando no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) del IPN, por cada hijo(a) de 45 días de nacido hasta los seis años de edad, la cantidad de $1,357.00 (Un mil trescientos cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.) mensuales.
El IPN pagará a las trabajadoras académicas de base con 18 o más horas de nombramiento, por concepto de servicio de guardería en caso de que no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil del Instituto o del ISSSTE, el importe de $1,357.00 (Un mil trescientos cincuenta y siete pesos 00/100 M.N.) mensuales, por cada hijo(a) de 45 días a seis años de edad.
Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores y al personal académico del turno vespertino que tenga derecho a la misma y a las trabajadoras de las unidades foráneas.
Cuando un menor cumpla los seis años, dentro del ciclo escolar, se prolongará su permanencia en el CENDI o el subsidio, hasta el término del mismo.
Nota: El Formato Universal es el resultado de la solicitud por Oficina Virtual y servirá únicamente como ACUSE.
» Tiempo de respuesta se otorga en la quincena posterior a la fecha de recepción de documentos.
» En caso de que la autoridad conceda la custodia por adopción del menor se deberá acreditar la situación con la carta de adopción.
» El importe se modificará de acuerdo con lo establecido en los Convenios de Revisión Salarial y Prestaciones correspondientes.
» Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores y al personal del turno vespertino que tenga derecho a la misma.