Oficina de Liquidaciones y Pagos diversos

Pago de Guardería

Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación (PAAE)

El IPN otorgará a las trabajadoras del personal no docente, cuando no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) del IPN, por cada hijo(a) de 45 días de nacido hasta los seis años de edad, la cantidad de $1,694.00 (Un mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.) mensuales.

Este beneficio será extensivo a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores y al personal académico del turno vespertino, Esta prestación se hará extensiva a las y a los trabajadores no docentes de base por CENDI no cerca, no cupo y turno vespertino, de todas las Dependencias del IPN, que tengan derecho a la misma.

Puntos de Acuerdo de la comisión central mixta paritaria IPN-SNTE sección 60 revisión salarial 2023-2024 para el trámite de Guardería, consultar aquí...

Personal Académico​

En caso de que no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil del Instituto o del ISSSTE, el IPN pagará por concepto de guardería el importe de $1,694.00 (Un mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.) mensuales, por cada hijo(a) de 45 días a seis años de edad, a las y los trabajadores académicos de todas las Dependencias del IPN con nombramiento de base más horas de interinato donde la suma de ambas sea mínimo de dieciocho horas, considerando que las horas de interinato deberán haber asignadas durante dos semestres consecutivos.

Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores, así como a las y a los trabajadores académicos por CENDI no cerca, no cupo y turno vespertino, que tengan derecho a la misma, así como al personal docente de las unidades foráneas.

Atención al publico: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30hrs. Extensión: 63260

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» El Formato Universal es el resultado de la solicitud por Oficina Virtual y servirá únicamente como ACUSE.

Requisitos:

  • Oficio de la unidad de adscripción, solicitando el pago de la prestación.
  • Carta de no cupo u oficio de no aceptación expedido por la Coordinación de Centros de Desarrollo Infantil o por el ISSSTE para personal docente
  • Copia de la credencial del IPN vigente, solo para personal docente
  • Constancia de horario de trabajo expedida por la autoridad correspondiente.
  • Copia simple del acta de nacimiento del menor, cotejada por la unidad de adscripción.
  • Cuando la autoridad conceda la custodia por adopción del menor, se deberá acreditar la situación con la carta de adopción.
  • Para trabajadoras del turno vespertino, deberán de presentar el oficio por turno vespertino, expedido por la COCENDI
  • En el caso de los centros foráneos presentar oficio de solicitud de pago, firmado por el Director de la unidas, especificando la problemática que tenga cada trabajadora docente para solicitar un lugar en la ISSSTESTANCIA

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Notas importantes:

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