El IPN otorgará a las trabajadoras del personal no docente, cuando no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) del IPN, por cada hijo(a) de 45 días de nacido hasta los seis años de edad, la cantidad de $1,694.00 (Un mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.) mensuales.
Este beneficio será extensivo a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores y al personal académico del turno vespertino, Esta prestación se hará extensiva a las y a los trabajadores no docentes de base por CENDI no cerca, no cupo y turno vespertino, de todas las Dependencias del IPN, que tengan derecho a la misma.
En caso de que no exista cupo en los Centros de Desarrollo Infantil del Instituto o del ISSSTE, el IPN pagará por concepto de guardería el importe de $1,694.00 (Un mil seiscientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.) mensuales, por cada hijo(a) de 45 días a seis años de edad, a las y los trabajadores académicos de todas las Dependencias del IPN con nombramiento de base más horas de interinato donde la suma de ambas sea mínimo de dieciocho horas, considerando que las horas de interinato deberán haber asignadas durante dos semestres consecutivos.
Esta prestación se hará extensiva a los trabajadores que tengan la custodia legal de los menores, así como a las y a los trabajadores académicos por CENDI no cerca, no cupo y turno vespertino, que tengan derecho a la misma, así como al personal docente de las unidades foráneas.
Atención al publico: Lunes a viernes de 8:30 a 14:30hrs. Extensión: 63260
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