Dirección de Educación Media Superior

Atribuciones

Reglamento Orgánico, Artículo 30. Al Director(a) de Educación Media Superior le corresponde:

  1. Proponer al Secretario Académico los proyectos de normas, políticas, programas, lineamientos, estrategias, objetivos, metas e instrumentos académicos para el desarrollo de la Educación Media Superior, y participar en el ámbito de su competencia en la integración, aplicación y actualización del modelo educativo institucional, académico y de integración social;
  2. Proponer, actualizar y evaluar la estructura curricular, los planes y programas de estudio, las áreas de conocimiento y los perfiles de ingreso y egreso de los alumnos y profesores de Nivel Medio Superior, con énfasis en la pertinencia y aplicación de criterios de calidad académica; en el uso de tecnologías de la información y en la diversificación de la oferta educativa en diferentes modalidades;
  3. Promover y supervisar las acciones de movilidad de estudiantes y personal académico con instituciones y organismos nacionales e internacionales, en los términos de las políticas y programas institucionales correspondientes;
  4. Promover, supervisar y controlar la integración y operación de las plantillas docentes y de las academias de profesores, así como su participación en el desarrollo educativo, científico, tecnológico y de investigación del Instituto, y en las redes académicas intra e interinstitucionales, en los términos de la normatividad aplicable;
  5. Determinar, en coordinación con las unidades competentes del Instituto, los lineamientos de desarrollo de la población estudiantil y los cupos máximos de admisión de alumnos del nivel, de acuerdo con criterios académicos, planta docente, capacidad instalada y el equilibrio entre oferta y demanda;
  6. Proponer y supervisar el cumplimiento de las normas académicas, pedagógicas y metodológicas, y los apoyos de tecnología de la información para evaluar el desarrollo de los programas de estudios en el nivel;
  7. Proponer, implantar, actualizar y supervisar la aplicación de las normas, perfiles y procedimientos de admisión y selección para el ingreso de los alumnos de nivel medio superior;
  8. Promover, dirigir y evaluar la investigación educativa que realicen la Dirección y las Unidades Académicas del nivel para mejorar la estructura curricular, el proceso de enseñanza-aprendizaje, la oferta institucional y su pertinencia con la demanda social y el desarrollo de la sociedad;
  9. Concurrir en la planeación y evaluación de los contenidos programáticos para la formación, actualización y superación del personal directivo, académico y de apoyo y asistencia a la educación de las Unidades Académicas del nivel;
  10. Promover acciones para lograr las metas de retención y eficiencia terminal del nivel;
  11. Coadyuvar en el diseño, estructuración y operación de los programas académicos de formación en lenguas extranjeras en el área de su competencia;
  12. Promover, dirigir y evaluar la investigación educativa que realicen la Dirección y las Unidades Académicas del nivel para mejorar la estructura curricular, el proceso de enseñanza-aprendizaje, la oferta institucional y su pertinencia con la demanda social y el desarrollo de la sociedad;
  13. Participar en la elaboración del calendario académico del Instituto;
  14. Elaborar los dictámenes académicos para el otorgamiento o la revocación del reconocimiento de validez oficial de estudios y proponer las condiciones, requisitos y procedimientos para la equivalencia y revalidación de estudios en el nivel y emitir los dictámenes correspondientes;
  15. Aprobar y supervisar los proyectos, contenidos y métodos académicos de los programas de prácticas profesionales y visitas escolares; del servicio social y titulación, de acuerdo con los objetivos de los planes y programas de estudio, en coordinación con las áreas competentes;
  16. Supervisar la administración y aplicación de los exámenes ordinarios, extraordinarios y a título de suficiencia, y autorizar y dar seguimiento a los que se realicen fuera de los periodos establecidos en el calendario académico;
  17. Promover y coordinar la participación de las Unidades Académicas del nivel, en los procesos de acreditación y certificación nacional e internacional de acuerdo con la normatividad aplicable;
  18. Promover la integración armónica del personal académico y los alumnos del nivel, para impulsar la creatividad, la innovación tecnológica, aplicación del conocimiento y las habilidades en proyectos educativos, tecnológicos y de investigación que concursen en eventos académicos, científicos y tecnológicos, internos o externos;
  19. Proponer programas de estímulos para el personal académico y los alumnos sobresalientes del Instituto, y aquellos que propicien el mejoramiento de los servicios educativos
  20. Las demás atribuciones que sean necesarias para el ejercicio de las anteriores.