La Presea “Lázaro Cárdenas”

Máxima distinción con la que se reconoce a las y los #politécnicos que por su trayectoria, servicio, acción ejemplar y fomento al desarrollo de la educación tecnológica, que han puesto en alto el prestigio de los colores guinda y blanco. Las distinciones se entregan en las categorías de: Alumno de Nivel Medio Superior, Superior, Maestría y Doctorado, Egresado y Profesor Investigador, así como ex Director de Escuela, Centro o Unidad de Enseñanza e Investigación y Otras Personas. El galardón fue instituido el 14 de febrero de 1980, por el Consejo Consultivo del Instituto Politécnico Nacional.

Marco Normativo

La Comisión de Distinciones al Mérito Politécnico del XL Consejo General Consultivo del Instituto Politécnico Nacional en su Segunda Sesión Ordinaria y Primera Sesión Extraordinaria, celebradas el 11 y 27 de abril de 2022, respectivamente en el Centro Histórico y Cultural “Juan de Dios Bátiz”, y de conformidad con lo establecido en los artículos 1, 3, fracción I y 4, fracciones XXII y XXIII, de la Ley Orgánica; 1,2, 3, 4, 5, 6, 7, 9, 14, 33, 34, 36 y 39 del Reglamento de Distinciones al Mérito Politécnico; 195 y 196, fracción VI, del Reglamento Interno; 1, 44 y 50 del Reglamento del Consejo General Consultivo, ordenamientos todos del Instituto Politécnico Nacional; determinó de manera colegiada los siguientes:

Acuerdos

PRIMERO. Aprobar el otorgamiento de la Presea “Lázaro Cárdenas”, en la categoría de Alumnos de Posgrado para Maestría y Doctorado en la rama del conocimiento “Ciencias Interdisciplinarias”.

SEGUNDO. Al no existir candidatos y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 7 del Reglamento de Distinciones al Mérito Politécnico del Instituto Politécnico Nacional; el Grado Doctor honoris causa se declara vacante.

TERCERO. Se otorga la Presea “Lázaro Cárdenas”, en sus distintas categorías de la siguiente manera:

Al no existir candidatos y con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 7 del Reglamento de Distinciones al Mérito Politécnico del Instituto Politécnico Nacional; la categoría “Exdirector General” se declara vacante.

Reglamento de distinciones al Mérito Politécnico del IPN

Artículo 2°. Las distinciones a que se refiere el presente Reglamento se otorgarán por acuerdo del Consejo General Consultivo como un reconocimiento que hace la comunidad politécnica a una conducta, trayectoria, servicio o acción ejemplar o sobresaliente que haya tenido por objeto exaltar el prestigio del Instituto Politécnico Nacional, apoyar la realización de sus finalidades, impulsar el desarrollo de la educación técnica en el país o beneficiar a la humanidad.

Artículo 15. La Presea “Lázaro Cárdenas” es el reconocimiento al mérito académico o a los servicios relevantes prestados al Instituto Politécnico Nacional.

Artículo 17. La Presea “Lázaro Cárdenas” se otorgará:

III. A los profesores e investigadores del Instituto Politécnico Nacional que se hubieran distinguido por su destacada labor en la actividad docente o que hayan contribuido en el desarrollo de la investigación científica, tecnológica o educativa;

IV. A los alumnos del Instituto Politécnico Nacional que, con base en su actividad académica relevante y desempeño escolar sobresaliente, sean seleccionados de cada una de las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación del Instituto, que hayan obtenido el más alto promedio de calificaciones en sus estudios, el que en ningún caso podrá ser inferior a nueve, y que hayan concluido: a) en el caso del nivel medio superior, el último semestre; b) en el caso de nivel superior, el penúltimo semestre, y c) en el caso del posgrado, como mínimo, el noventa por ciento de los créditos.

Se otorgará una distinción por cada una de las siguientes ramas del conocimiento: Ciencias Sociales y Administrativas, Ciencias Médico, Biológicas e Ingeniería y Ciencias Físico, Matemáticas; en un número total de tres para cada uno de los siguientes niveles y grados: Nivel medio superior, nivel superior, grado de maestría y grado de doctor. Las escuelas, centros y unidades de enseñanza y de investigación del Instituto enviarán el expediente de un solo candidato por escuela, centro o unidad de enseñanza y de investigación, y por nivel y grado académico, a la Comisión de Distinciones al Mérito Politécnico, para su estudio y dictamen.

V. A los egresados del Instituto Politécnico Nacional y a otras personas que, plenamente identificados con las finalidades del Instituto, hayan coadyuvado con su sobresaliente desempeño profesional a la superación de la función social, que les ha sido encomendada, así como a exaltar su prestigio histórico o impulsar el desarrollo de la educación técnica en el país.